Pero la exclusiva protección de espacios aislados y limitados es, a largo y medio
plazo, absolutamente ineficaz si no están incluidos en un contexto más amplio de ordenación
del uso del suelo y de los recursos naturales. Por eso el concepto de protección dio paso en
1972 a otro más amplio: la conservación, de acuerdo con la Segunda Conferencia Mundial
de Parques Nacionales. Así lo consideró también la Convención de la Biodiversidad (l992),
que utiliza el término Área protegida para referirse al ENP, definiéndola como un área
geográfica definida que se designa o regula y gestiona para conseguir unos objetivos
específicos de conservación. Tal como señala la Estrategia Mundial para la Conservación de
la Naturaleza, se entiende el término conservación como la gestión de la biosfera de manera que produzca el mayor beneficio sostenido para las generaciones actuales, manteniendo las
potencialidades para satisfacer las necesidades y aspiraciones de las generaciones futuras.
La conservación es, por tanto, positiva e incluye la preservación, el mantenimiento, la
utilización sostenible, la restauración y la mejora del entorno natural (García y Vicente,
1997).